LA VARIACIÓN
DE LOS AVALÚOS A NIVEL NACIONAL ES, EN PROMEDIO, DE UN 35,3%. EN MONTOS, LAS
MAYORES ALZAS LAS REGISTRAN COMUNAS COMO LAS CONDES, LO BARNECHEA, SANTIAGO,
PUENTE ALTO, PROVIDENCIA, LA FLORIDA, MAIPÚ Y LA SERENA, ENTRE OTRAS.
Del total de propiedades no agrícolas, registradas
en el catastro de bienes raíces del SII, cerca del 60% resultó exento del pago
del impuesto territorial (o contribuciones).
Desde hoy están publicados, en el Portal de
Reavalúo No Agrícola 2018 disponible en www.sii.cl, los nuevos valores o la
tasación fiscal de alrededor de 6,6 millones de bienes raíces no agrícolas, de
acuerdo con los resultados del proceso de Reavalúo para este tipo de predios que
corresponde aplicar cada 4 años, según lo establecido en la Ley N° 17.235 sobre
Impuesto Territorial.
Estos nuevos avalúos rigen desde el 1 de enero de
2018 y fueron determinados en un proceso de reavalúo efectuado por el SII en
distintas etapas, entre las que se incluye la tasación masiva mediante la cual
se actualizan los avalúos o valores fiscales individuales de las propiedades.
Este proceso de actualización de los avalúos
fiscales considera las plusvalías o minusvalías que el mercado ha experimentado
en un período de tiempo, asociados a temas como la implementación de nuevos
servicios (Metro y hospitales, entre otros) o, en el sentido inverso, a la
instalación de basurales o sitios eriazos en el entorno de un área determinada.
Así, el avalúo de una propiedad se determina a
través del estudio realizado mediante conocimientos técnicos apoyados con
herramientas tecnológicas, que fijan, entre otros, los valores de terreno y
construcción, tomando en cuenta el comportamiento del mercado inmobiliario, entre
otros aspectos.
Entre los principales resultados de este proceso
destacan que el avalúo fiscal de los bienes raíces aumentó en un 35,3% a nivel
nacional. En montos, las comunas que registraron las mayores alzas son Las
Condes, Lo Barnechea, Santiago, Puente Alto, Providencia, La Florida, Maipú, La
Serena, Vitacura y Viña del Mar, entre otras.
Los
resultados del proceso de reavalúo sirven de base para determinar las
propiedades gravadas o exentas y cuando proceda el Impuesto Territorial que
corresponde pagar en cuotas, más conocido como contribuciones. En este caso, del total de propiedades no
agrícolas registradas en el catastro de bienes raíces del SII, cerca del 60%
resultó exento.
APP E-REAVALÚO
Con el objeto de seguir entregando herramientas de
facilitación a los contribuyentes a través del uso de la tecnología, junto con
la entrega de los resultados del proceso de Reavalúo 2018, el SII presenta su
cuarta app llamada e-Reavalúo, la que está disponible desde hoy para todo tipo
de dispositivos móviles (teléfonos y tablet), destinada a poner a disposición
de las personas toda la información asociada a los nuevos avalúos de los bienes
raíces no agrícolas.
Para ingresar a la app los contribuyentes deberán
utilizar la misma clave con la que operan en nuestro sitio web. Con esto,
accederán a las propiedades asociadas a su Rut y que estén registradas en el
catastro de bienes raíces del SII.
¿CÓMO SE DETERMINA EL AVALÚO DE UNA PROPIEDAD?
El avalúo de una propiedad considera la suma de los
valores de terreno y de construcción de una propiedad. Para determinar el
avalúo de un terreno, se debe multiplicar la superficie de terreno por el valor
unitario del metro cuadrado, definido previamente para el área o sector donde
se ubica la propiedad (denominada área homogénea), entre otros factores.
El área homogénea está compuesta por predios de
similares características en cuanto a uso de suelo, categoría constructiva,
nivel de densificación y otras variables urbanas. Para este proceso de
Reavalúo, se consideró el análisis de 13.859 áreas homogéneas existentes en el
país.
En tanto, el avalúo de las construcciones se
determina multiplicando la superficie de la construcción por el valor unitario
del metro cuadrado respectivo, el cual considera el material estructural y la
calidad de la construcción, entre otros aspectos. También se considera la
antigüedad y características especiales, por ejemplo, si corresponde a una
mansarda, subterráneo o zócalo, entre otras.
Cabe señalar que el valor definitivo de las
contribuciones que las propiedades cancelarán a partir de la cuota de abril se
determinará solo una vez que se publique el DS que fija la tasa del impuesto,
el que actualmente se encuentra en el proceso de toma de razón en la
Contraloría General de la República.